La vacunación es un derecho de todos, por lo que el Estado ha promulgado la Ley N°31334, norma que concede el derecho a licencia a trabajadores en el día programado para su vacunación contra la COVID-19.
De acuerdo con la publicación hecha en El Peruano, la Ley N°31334 tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en el día que se ha programado la inoculación.
La normativa precisa que la licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la vacunación, con goce de haber. Esta también será comunicada al empleador y tramitada por el área de recursos humanos del centro laboral, o el que haga sus veces, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación.
«De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no se encuentre operando el día de la licencia, se podrá volver a solicitar la licencia conforme a lo establecido en el párrafo anterior», precisa el estatuto.
En declaraciones para El Peruano, el laboralista César Puntriano Rosas señaló que el acceso a la licencia exigirá que el beneficiario deba presentar la cartilla de haberse inoculado esta dosis en la fecha en que solicitó el permiso a su empleador.
«La licencia es remunerada, lo cual implica que el trabajador percibirá su remuneración habitual no siendo objeto de descuento», precisó.
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