• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Quiénes somos
  • Suscripción
  • Charla SSOMA
  • Directorio de Proveedores
  • Ley 29783
  • Reglamento SST

Cero Accidentes

Plataforma de seguridad, higiene y salud ocupacional

Banner Manual de Salud Ocupacional y Primero Auxilios
  • Artículos
  • COVID-19
  • Infografías
  • Noticias
  • Autores & Opinión
  • Eventos y Formación
  • Proveedores
    • Contratistas
    • Emergencias
      • Ambulancias y servicios de emergencia
      • Contra Incendios
    • Higiene, saneamiento y limpieza
    • Operaciones
      • Andamios
      • Sostenimiento
      • Transporte de materiales peligrosos
    • Salud ocupacional
    • Seguridad
      • Capacitacion consultoria y auditoria
      • Detección de gases
      • Equipos de proteccion personal
    • Vial
      • Prevención de accidentes vehiculares
      • Reflectivos y señalizacion
  • Foro
Usted está aquí: Inicio / Noticias / Expertos aclaran si son deducibles los gastos por vacunas y equipos de protección contra la COVID-19

Expertos aclaran si son deducibles los gastos por vacunas y equipos de protección contra la COVID-19

12 septiembre, 2021 por Cero Accidentes Deja un comentario

La crisis sanitaria ha hecho que el empresariado peruano opere bajo un nuevo marco legal. Los empleadores se han visto en la necesidad de asumir el costo de equipos de protección personal y las pruebas de tamizaje. ¿Será acaso que estos gastos y la administración de vacunas puedan deducirse para fines del Impuesto a la Renta?

Recordemos que el 21 de junio de 2021 se publicó la Ley N° 31225, que promueve la adquisición y provisión de la vacuna contra la COVID-19 como estrategia sanitaria de vacunación para garantizar su acceso a la ciudadanía. La normativa precisa que las empresas privadas que logren adquirir la vacuna bajo la autorización del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos (CENARES) tendrán la prioridad de inmunizar a su personal dentro del marco del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, establecido por el Ministerio de Salud.

De acuerdo con el Artículo 3 de la Ley N° 31225, la adquisición o importación de la vacuna contra el COVID-19 por el sector privado es un gasto deducible del Impuesto a la Renta mientras dure la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 031-2020-SA.

Los especialistas aclaran que, teniendo previsto el Artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, no resulta imprescindible que se haya considerado una referencia a la deducción del gasto en la Ley N° 31225. Teniendo en cuenta que el gasto en vacunas sirve para la generación de la renta (mantenimiento y preservación de la salud de los trabajadores a través de vacunas), la deducibilidad del mismo está amparada por ley.

La misma lógica también se aplica para los equipos de protección personal y los exámenes médicos, los cuales son gestionados por el empleador sin suponer un costo o retención salarial de ningún tipo al personal.

«En la medida que son elementos que sirven a la protección de la vida de los trabajadores de la empresa, resulta razonable que se admite su deducción para fines del Impuesto a la Renta de tercera categoría, al ser necesarios para que los trabajadores puedan seguir contribuyendo con la generación de la renta a favor de la organización empresarial», precisa el portal Contadores & Empresas.

  • Acerca de
  • Últimas entradas
Cero Accidentes
Cero Accidentes
Cero Accidentes es una plataforma para promover la seguridad y salud en el trabajo a través de información de proveedores, noticias, artículos y la difusión de buenas prácticas para reducir los accidentes y lesiones en el trabajo.
Cero Accidentes
Últimas entradas de Cero Accidentes (ver todo)
  • Criterios para evaluar la promoción del trabajo saludable en empresas - 26 marzo, 2023
  • Publican guía sobre la salud mental y cómo hacer que las personas mantengan su actividad laboral - 26 marzo, 2023
  • OIT publica lista de comprobación del estrés en el trabajo - 23 marzo, 2023

Comparte esto:

  • WhatsApp
  • Facebook
  • Twitter
  • Imprimir
  • LinkedIn

Publicado en: Noticias Etiquetado como: normas, salud ocupacional

Recientes

  • Criterios para evaluar la promoción del trabajo saludable en empresas
  • Publican guía sobre la salud mental y cómo hacer que las personas mantengan su actividad laboral
  • OIT publica lista de comprobación del estrés en el trabajo
  • Preguntas clave sobre la seguridad de los obreros municipales
  • Cómo promover la salud mental en el trabajo

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

Buscar

NUESTRO PRÓXIMO WEBINAR

Anuncio

Foro: Registro y Sesión

Acceder
Registro

Foro: Participa en estos temas

  • Legislación en seguridad y salud en el trabajo
  • Productos en seguridad y salud en el trabajo
  • Salud ocupacional
  • Seguridad en el trabajo
  • Servicios en seguridad y salud en el trabajo

Síguenos en:

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • LinkedIn
  • YouTube

Recientes

  • Criterios para evaluar la promoción del trabajo saludable en empresas
  • Publican guía sobre la salud mental y cómo hacer que las personas mantengan su actividad laboral
  • OIT publica lista de comprobación del estrés en el trabajo
  • Preguntas clave sobre la seguridad de los obreros municipales
  • Cómo promover la salud mental en el trabajo
  • Qué son los «indicadores adelantados» y cuáles son sus beneficios en SST
  • Cómo fomentar la diversidad y la inclusión mediante ajustes en el trabajo
  • Las cuatro etapas para evaluar los riesgos laborales
  • Cómo prevenir la contaminación por mercurio metálico en el trabajo
  • Cómo hacer que la cultura de seguridad sea efectiva en la empresa

Copyright © 2023 · News Pro editado por Tuminoticias · WordPress · Acceder