Una herramienta fundamental para reducir y controlar los riesgos del trabajo es el IPERC. Se trata de un proceso sistemático utilizado para identificar los peligros, evaluar los riesgos y sus impactos, lo que facilitará implementar los controles adecuados.
La elaboración del IPERC, según aconseja la Mutual de Seguridad CChC, se inicia con la identificación de peligros a partir de las siguientes actividades:
- Levantamiento de peligros.
- Requisitos legales y voluntarios.
- Investigación de accidentes/incidentes.
- Resultados de auditorías.
- Resultados de inspecciones y monitoreos.
- Revisión de la gerencia.
- Nuevas actividades.
- Reclamos y sugerencias.
- Programas de capacitación e instrucción.
Posteriormente, se procede a realizar una identificación de todos los peligros en las distintas áreas y actividades de la empresa, los que deberán ser registrados en la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos. Por definición, los peligros son aquellas situaciones o características intrínsecas de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y ambiente.
En criterio de la Mutual de Seguridad CChC, la identificación de peligros debe considerar: actividades de rutina y no-rutina, en condición normal y emergencia, para todo el personal con acceso a los lugares de trabajo (incluyendo contratistas y visitas), la condición de operación se debe registrar en la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos.
Serán los jefes de áreas, supervisores o encargados de personal los encargados de mantener en forma permanente, dando instrucciones a sus trabajadores para disminuir los riesgos que estos implican; debiendo realizar periódicamente un análisis que permita controlar los riesgos específicos de cada labor de se realice, informe que deberá́ mantenerse en cada carpeta de supervisor y dado a conocer al experto en prevención de riesgos de la empresa.
El proceso de identificación debe considerar los peligros sobre: personas, equipos, materiales y ambiente de trabajo.
Evaluación del riesgo
Una vez identificados los peligros, se procede a evaluarlos para determinar su Magnitud de Riesgos (MR), en función de su Probabilidad de ocurrencia por la Consecuencia (S) que tendría, con el propósito de facilitar las decisiones para lograr un efectivo y/o definir su aceptabilidad. La Magnitud del Riesgo (MR) se determinará de acuerdo a la siguiente relación:
MR = Probabilidad x Consecuencia
La evaluación inicial de la magnitud de riesgo, debe ser realizada sin considerar medidas de control, es decir, el objetivo es determinar los riesgos en una línea base.
Una vez hecha la primera evaluación se consideran los valores de probabilidad y consecuencia con los actuales controles operacionales, o las actuales medidas de control que se han establecido, determinando la Magnitud del Riesgo residual (VR1).
Si estos controles resultaran ineficaces o la organización desea superar esos estándares para administrar sus riesgos, es decir el VR1, se desea disminuir, se determinan nuevos controles o se complementan con los existentes, los que se incorporarán al Plan de Gestión del Sistema para alcanzar el mejoramiento continuo. Una vez definidos los nuevos controles se vuelve a determinar los nuevos valores de probabilidad y consecuencia con los controles adicionales determinando un nuevo valor residual (VR2).
Los criterios para definir Probabilidad son:
Baja 1
- Posible que ocurra un incidente con lesión o daño material menor. Alguna vez ha ocurrido en la organización y en otras partes (la organización debe definir una cantidad de veces que puede ocurrir un incidente de este tipo en un período de tiempo y fijarla como estándar).
- Probabilidad baja de adquirir una enfermedad profesional.
- Se detecta que el agente está presente, sin embargo, todas las evaluaciones cuantitativas presentan valores menores a un 50% de los límites permisibles.
Media 2
- Probable que ocurra un incidente con lesión o daño material importante. Ocurre alguna veces en el año (la organización debe definir una cantidad de veces que puede ocurrir un incidente de este tipo en un período de tiempo y fijarla como estándar).
- Probabilidad media de adquirir una enfermedad profesional.
- Se detectan una o más exposiciones cuyos valores se encuentran por sobre 50% y menos al 100% del límite permisible a agentes nocivos para la salud.
Alta 3
- Muy probable que ocurra un incidente con lesión o daño material serio, ocurre frecuentemente en un año (la organización debe definir una cantidad de veces que puede ocurrir un incidente de este tipo en un período de tiempo y fijarla como estándar).
- Alta probabilidad de adquirir una enfermedad profesional.
- Exposición por sobre el límite permisible a agentes nocivos para la salud.
Los criterios para definir consecuencias son:
Baja 1
Incidentes sin lesiones ni daños materiales importantes. Atención de primeros auxilios, no requiere reposo. No se produce enfermedad profesional.
Media 2
Incidentes con lesiones (accidentes con tiempo perdido, que genera incapacidad temporal) y daños materiales menores. Enfermedad Profesional reversible. Alteraciones a la salud reversibles (no se produce enfermedad profesional).
Alta 3
- Incidentes con lesiones graves con invalidez parcial o con daño material importante.
- Incidentes con lesión muy grave o mortal (invalidez total/muerte). Enfermedad profesional irreversible.
- Daño material irreparable y extenso.
- Paralización de operación (menos de un día paralización de operación, más de un turno, un día de paralización).
De acuerdo a la Magnitud del Riesgo (MR), se definirán las acciones a seguir para la eliminación, control o aceptabilidad del riesgo evaluado.
Valoración de riesgos
Según el nivel de riesgos, la Mutual de Seguridad CChC recomienda proceder con las siguientes medidas de control:
- Aceptable: en su actual estado no reviste riesgo para las personas.
- Moderadamente crítico: debe corregirse a corto plazo las causas (riesgo moderadamente crítico: plan mensual de mejoras).
- Crítico: con urgencia debe corregirse las causas (riesgo crítico: durante el día) deberá tomarse las acciones inmediatas para corregir las causas.
Esta valoración se debe registrar en la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos, en la columna valoración del riesgo.
Riesgos críticos
Se considerará Riesgos Críticos o Significativos todos aquellos con una magnitud entre 6 y 9 que tengan un requisito legal asociado que no se está cumpliendo.
Todos los Riesgos Críticos (MR igual a que tengan un requisito legal asociado), se analizarán para definir las medidas que se deben adoptar para su control, lo que deberá ser registrado en la Planilla de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos.
Una vez finalizado el proceso de identificación de peligros/evaluación de riesgos, cada área deberá proponer las medidas de control de acuerdo a la Magnitud del Riesgo y registrarlas en la Planilla de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos. Estas medidas son las definidas para calcular el valor de riesgo residual VR2.
A menos una vez al año o cada vez que ocurra un cambio relevante ya sea de tipo tecnológico, de procesos, de insumos, de nuevos productos, servicios u otros, se deberá realizar una nueva identificación de peligros/evaluación de riesgos.
Fuente: Procedimiento para la identificación de peligros y evaluación de los riesgos, Mutual de Seguridad CChC.
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